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    Aviso a los perceptores de pensiones de viudedad en supuestos especiales

    Visitas: 787   El derecho de los miembros de una pareja de hecho a percibir una pensión de viudedad (que ADECES apoyó), se introdujo en la ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social. Con carácter excepcional, en su disposición adicional tercera este derecho se extendía a las personas viudas de parejas de hecho con anterioridad al uno de enero de 2008. En estos casos, se exigían cinco requisitos para otorgar la pensión de viudedad, que se extinguirá si se dejan de cumplir alguno de ellos. Uno de estos requisitos es “Que el beneficiario no tenga reconocido derecho a pensión contributiva de la Seguridad Social”.…